Propuesta de Honorarios de Arquitecto (México)

Actualizado el 11 de agosto de 2026

Una propuesta de honorarios es más que un monto. Es el momento en que el arquitecto explica qué abarca efectivamente el proyecto, qué no abarca, y en qué condiciones puede ajustarse el honorario si cambia el alcance del proyecto.

Este modelo sustituye una página fuente sin otro contenido que un título. Está construido alrededor de lo que esta propuesta realmente exige: una descripción clara del objeto, una forma de cálculo del honorario, y una comprensión precisa de un mecanismo legal mexicano distinto del de casi todos los demás países de esta serie: el contrato de venta a domicilio no se deshace después de formado, sino que su perfeccionamiento mismo se retrasa por ley.

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Propuesta de Honorarios de Arquitecto

Arquitecto / arquitecta:
Cliente:
Fecha:
Vigencia:
días

1. Proyecto

2. Honorario

El honorario para el proyecto arriba descrito se fija como monto fijo: .

3. Perfeccionamiento del Contrato

Como esta propuesta se aceptó en el establecimiento del arquitecto, no aplica el plazo de perfeccionamiento diferido del Art. 56 de la LFPC para contratación fuera del establecimiento.

Arquitecto / arquitecta

Fecha:

Cliente

Fecha:

El Art. 56 de la LFPC no da un derecho de deshacer un contrato ya perfeccionado — retrasa su propio nacimiento

El Art. 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que el contrato se perfecciona a los cinco días hábiles contados a partir de la entrega del bien o de la firma del contrato, lo último que suceda. Durante ese lapso, la persona consumidora tiene derecho a revocar su consentimiento sin responsabilidad alguna, mediante aviso o devolución del bien, sin necesidad de justificar su decisión.

Esto es una técnica legal distinta de la de casi todos los demás países de esta serie, que otorgan un derecho de arrepentimiento sobre un contrato ya válidamente formado. En México, mientras corren los cinco días hábiles, el contrato simplemente no ha nacido todavía como vínculo definitivo — la revocación no deshace nada, porque el perfeccionamiento mismo estaba en suspenso desde el principio.

Sin excepción expresa para construcción — y con el costo de flete a cargo de la persona consumidora

Igual que el Art. 49 del CDC brasileño, el Art. 56 de la LFPC no trae una lista de excepciones que excluya expresamente proyectos de construcción o de arquitectura. Una propuesta de honorarios firmada fuera del establecimiento del arquitecto, en principio, también queda sujeta a este plazo de cinco días hábiles, salvo un análisis caso por caso sobre ejecución ya iniciada.

Un matiz propio de México: si se ejerce la revocación, el proveedor debe reintegrar el precio pagado, pero los costos de flete y seguro corren a cargo de la persona consumidora — a diferencia de otros países de esta serie, donde el reembolso suele ser íntegro incluyendo esos costos.

Resumen de las Cláusulas

Objeto de la propuesta
Descripción clara del proyecto y las fases de proyecto que abarca la propuesta.
Forma de cálculo del honorario
Monto fijo, porcentaje sobre el costo de la obra, u honorario por hora, claramente indicado.
Lugar de aceptación de la propuesta
Si la propuesta se aceptó en el establecimiento del arquitecto o fuera de él, determinante para el plazo del Art. 56.
Vigencia de la propuesta
El plazo durante el cual la propuesta permanece vinculante para el arquitecto.
Perfeccionamiento diferido
Aviso sobre el plazo de cinco días hábiles del Art. 56 cuando la propuesta se acepta fuera del establecimiento comercial.

Cómo debe redactarse esta propuesta

La cláusula de revocación debe reflejar las circunstancias reales de la aceptación, no una suposición de que los proyectos de construcción están automáticamente excluidos.

  • No dé por hecho que un proyecto de arquitectura está excluido del plazo del Art. 56

    La LFPC no trae una lista de excepciones detallada; la construcción no está expresamente excluida.

    Ley Federal de Protección al Consumidor, Art. 56
  • Verifique el lugar de aceptación de la propuesta

    El plazo de cinco días hábiles corre a partir de la entrega del bien o la firma del contrato, lo último que suceda, cuando la contratación ocurre fuera del establecimiento.

  • Indique que los costos de flete corren a cargo de la persona consumidora

    Si se ejerce la revocación, el proveedor reintegra el precio pagado, pero los costos de flete y seguro son a cargo de la persona consumidora, conforme al Art. 56.

  • Indique claramente la forma de cálculo del honorario

    Monto fijo, porcentaje sobre el costo de la obra, u honorario por hora — la forma elegida debe constar sin ambigüedad en la propuesta.

Cómo usar esta propuesta de honorarios

  1. Describir el objeto de la propuesta. Define el proyecto y las fases de proyecto que abarca la propuesta.
  2. Definir la forma de cálculo del honorario. Elige monto fijo, porcentaje sobre el costo de la obra, u honorario por hora.
  3. Indicar el lugar de aceptación de la propuesta. Registra si la propuesta se aceptó en el establecimiento del arquitecto o fuera de él.
  4. Definir la vigencia de la propuesta. Determina cuánto tiempo permanece vinculante la propuesta para el arquitecto.
  5. Firmar o aceptar la propuesta. Ambas partes confirman la aceptación antes de iniciar los trabajos.

Preguntas Frecuentes

¿El plazo del Art. 56 deshace un contrato ya formado?

No exactamente. El contrato simplemente no se perfecciona hasta que transcurren cinco días hábiles desde la entrega o la firma, lo último que suceda; la revocación durante ese plazo no deshace nada porque el contrato aún no había nacido como vínculo definitivo.

¿La ley mexicana excluye expresamente los proyectos de construcción de este plazo?

No. El Art. 56 de la LFPC no trae una lista de excepciones detallada, de modo que un proyecto de arquitectura, en principio, también queda sujeto al plazo si se contrata fuera del establecimiento.

¿Quién paga los costos de flete si se ejerce la revocación?

La persona consumidora. El proveedor reintegra el precio pagado, pero los costos de flete y seguro corren a su cargo, conforme al Art. 56.

¿El plazo aplica si la propuesta se firma en el despacho del arquitecto?

No. El Art. 56 se refiere específicamente a la contratación fuera del establecimiento comercial.

¿Cómo se cuenta el plazo de cinco días hábiles?

A partir de la entrega del bien o de la firma del contrato, lo que suceda al último, conforme al Art. 56 de la LFPC.

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Aviso legal

Este modelo y esta guía tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoría legal. La aplicación del plazo del Art. 56 depende de las circunstancias concretas de la contratación y debe evaluarse con un profesional antes de firmar.