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Formato de control de asistencia (registro de jornada)

Ingrese la hora de entrada, salida y el descanso — las horas trabajadas y las horas extra dobles y triples se calculan al instante. Descargue en Excel o PDF, o imprima para firma. Nada sale de su navegador.

  • Formato semanal, quincenal, catorcenal o mensual, según su nómina
  • Aplica el límite de jornada vigente cada año conforme a la reforma de las 40 horas
  • Calcula las primeras 9 horas extra semanales al doble y el resto al triple

Información general, no es asesoría legal. A partir del 1 de enero de 2027 el registro electrónico de asistencia será obligatorio conforme al artículo 132, fracción XXXIV de la LFT.

Llenar el registro de asistencia

Periodo

31/12/202313/01/2024

FechaDíaEntradaSalidaDescanso (min.)Tiempo en el centro de trabajoHoras trabajadasHoras extraObservación
31/12/2023dom
01/01/2024lun
02/01/2024mar
03/01/2024mié
04/01/2024jue
05/01/2024vie
06/01/2024sáb
07/01/2024dom
08/01/2024lun
09/01/2024mar
10/01/2024mié
11/01/2024jue
12/01/2024vie
13/01/2024sáb
No day-type classification in this country's layout.

Totales

Total de horas
0:00
Horas de jornada ordinaria
0:00
Horas extra
0:00
Descansos descontados
0:00
  • Semana 31/12/20230:00
  • Semana 07/01/20240:00
MX$

Descargar o imprimir

El archivo Excel conserva fórmulas activas para el tiempo en el centro de trabajo, las horas trabajadas y todos los totales, por lo que sigue calculando después de la descarga. La separación entre horas ordinarias y horas extra dobles y triples se guarda como valor calculado.

Registro de jornada en México

La reforma constitucional publicada el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1 de mayo de 2026 reducen gradualmente la jornada semanal: 48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 horas a partir de 2030. El nuevo artículo 132, fracción XXXIV de la LFT obliga a todo patrón a llevar un registro electrónico de la hora de entrada y salida de cada trabajador y a conservarlo a disposición de la autoridad, independientemente del tamaño o giro de la empresa; las reglas técnicas de la STPS y las sanciones —multas de 250 a 5,000 UMA— entran en vigor el 1 de enero de 2027. El tiempo extraordinario no puede exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana; las primeras nueve horas extra semanales se pagan al doble del salario y las que excedan de ese límite, al triple (arts. 66 y 68 LFT).

La reforma constitucional del 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1 de mayo de 2026 obligan a todo patrón, sin importar el tamaño de la empresa, a llevar un registro electrónico de la hora de entrada y salida de cada trabajador (art. 132, fracción XXXIV LFT). Las reglas técnicas de la STPS y las sanciones entran en vigor el 1 de enero de 2027; de mayo a diciembre de 2026 es el periodo de adecuación. Mientras tanto, un registro cuidadoso en Excel o en papel sigue siendo válido y es la base para migrar al sistema electrónico.

Qué debe registrarse

  • Nombre del trabajador
  • Fecha de cada jornada
  • Hora de entrada y hora de salida
  • Duración del descanso
  • Horas de jornada ordinaria trabajadas
  • Horas extra dobles y triples
  • Trabajo en día de descanso semanal

Plazo de conservación

1 años

Autoridad

Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

Sanciones

El incumplimiento del registro de jornada o el pago incorrecto de horas extra se sanciona conforme al artículo 994 de la LFT; a partir del 1 de enero de 2027 la falta de registro electrónico conforme al artículo 132, fracción XXXIV puede sancionarse con multa de 250 a 5,000 UMA (aproximadamente entre $29,327 y $586,550 pesos).