Calculadora de horas trabajadas México
Calcula horas trabajadas, horas extras y salario bruto — gratis, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
| Día | Entrada | Salida | Descanso (min) | Total | Ordinarias / Horas extra |
|---|---|---|---|---|---|
| Lun | 08:00(8.00h) | 08:00 | |||
| Mar | 08:00(8.00h) | 08:00 | |||
| Mié | 08:00(8.00h) | 08:00 | |||
| Jue | 08:00(8.00h) | 08:00 | |||
| Vie | 08:00(8.00h) | 08:00 | |||
| Sáb | — | 00:00 | |||
| Dom | — | 00:00 |
Total
40:00
40.00h
Horas ordinarias
40:00
Horas extra
—
Cómo calcular horas trabajadas y tiempo extra en México
La Ley Federal del Trabajo (LFT) fija la jornada diurna ordinaria en 8 horas y la jornada semanal en 48 horas para la jornada diurna tradicional. Sin embargo, la reforma aprobada en 2023 redujo progresivamente la semana laboral a 40 horas, con una implementación escalonada que concluye en 2026. A partir de esa fecha, toda hora que exceda las 40 semanales se considera tiempo extra.
El tiempo extra en México tiene uno de los regímenes más onerosos del mundo para el empleador: las primeras 9 horas extras semanales se pagan al doble (200 % del valor normal), y cualquier hora que exceda esas 9 horas extras se paga al triple (300 %). Esta calculadora aplica automáticamente los dos niveles para que puedas verificar tu recibo de nómina con exactitud.
Calculadora de horas trabajadas México
- 1
Selecciona el período de cálculo
Elige Semana para ver el desglose semanal, o Mes para una vista de cuatro semanas. El modo Semanal es el más preciso para verificar tiempo extra doble y triple.
- 2
Configura el inicio de semana
En Configuración, selecciona el día en que comienza tu semana laboral según tu contrato (normalmente lunes). El umbral de 40 horas se restablece ese día.
- 3
Registra entrada, salida y descansos
Ingresa los horarios en formato HH:MM. Si tu turno cruza la medianoche (p. ej. jornada nocturna 22:00–05:00), la calculadora lo detecta automáticamente. Anota los minutos de descanso no remunerado en la columna Descanso.
- 4
Verifica la distribución doble/triple
El totalizador muestra las horas ordinarias, las primeras 9 horas extra (al doble) y las horas extra adicionales (al triple). Compara con el desglose de tu recibo de nómina.
- 5
Ingresa tu tarifa por hora
Escribe tu salario por hora en pesos mexicanos (MX$). El salario bruto mostrado incluye horas ordinarias, horas extra dobles y horas extra triples. Aplica descuentos de IMSS e ISR para obtener el neto.
- 6
Controla el límite semanal de horas extra
La LFT permite un máximo de 9 horas extra por semana en condiciones ordinarias. Si el total de tus horas extra supera ese límite, la calculadora lo indica para que puedas hablar con tu empleador.
- 7
Exporta tu registro
Guarda el PDF al final de cada semana. En caso de conflicto laboral ante la Junta de Conciliación, contar con registros propios puede ser determinante para acreditar las horas trabajadas.
Reforma de la semana de 40 horas: cronograma
En 2023 el Congreso aprobó reducir la jornada semanal máxima ordinaria de 48 a 40 horas mediante un esquema gradual. La transición se completa en 2026, cuando la semana laboral estándar queda fijada en 40 horas para todas las jornadas diurnas. Los contratos colectivos negociados antes de la reforma mantienen sus condiciones hasta su vencimiento.
Para 2025–2026 la mayoría de los trabajadores ya deben operar bajo la semana de 40 horas. Revisa tu contrato individual y el contrato colectivo de trabajo (CCT) de tu empresa para confirmar la fecha efectiva de aplicación en tu centro de trabajo.
Tipos de jornada y sus límites
- Jornada diurna: entre 6:00 y 20:00 hrs; máximo 8 horas diarias / 40 horas semanales (2026).
- Jornada nocturna: entre 20:00 y 6:00 hrs; máximo 7 horas diarias.
- Jornada mixta: combina períodos diurnos y nocturnos; máximo 7.5 horas diarias.
- Jornada reducida (p. ej. 6×1): permitida por acuerdo entre trabajador y patrón.
- Días de descanso: al menos un día semanal por cada seis de trabajo, con goce de salario.
Cálculo del tiempo extra: dobles y triples
La LFT (art. 67) establece que las primeras 9 horas de tiempo extra por semana se pagan al doble. Si en una semana trabajas 49 horas, tienes 9 horas extra: todas al doble. Si trabajas 52 horas, tienes 12 horas extra: las primeras 9 al doble y las 3 restantes al triple.
El límite legal de tiempo extra es de 3 horas diarias y 9 horas semanales en condiciones ordinarias (art. 66 LFT). Superar ese límite no exime al patrón de pagar el tiempo triple, pero puede constituir una infracción a la norma de salud en el trabajo.
Días de descanso obligatorio y prima dominical
- El trabajador que labore en su día de descanso semanal recibe un salario doble por las horas trabajadas, además de su salario ordinario (salario triple en total).
- Prima dominical: si se trabaja regularmente en domingo, se tiene derecho a una prima del 25 % sobre el salario ordinario de ese día.
- Días feriados oficiales: 1 de enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de octubre (Día de la Raza), 20 de noviembre, 1 de diciembre (cada 6 años), 25 de diciembre, y los que determine el Congreso o las convenciones electorales.
- Trabajo en día feriado: salario triple (salario ordinario + 200 % de prima), salvo que el CCT disponga mayor beneficio.
Intervalos y períodos de descanso
La LFT no establece un mínimo general de descanso intermedio durante la jornada, pero sí prohíbe jornadas continuas sin pausa alguna cuando el trabajador lo solicite. En la práctica, los contratos colectivos suelen incluir 30 minutos de comida no computados como tiempo trabajado.
La jornada nocturna de 7 horas se paga íntegra; el trabajador nocturno puede negociar un período de descanso dentro de la jornada mediante acuerdo con el patrón.
Preguntas frecuentes — Calculadora de horas trabajadas México
- ¿Cuándo entra en vigor la semana de 40 horas en México?
- La reforma a la LFT aprobada en 2023 establece una reducción gradual de la semana laboral de 48 a 40 horas. El proceso se completa en 2026. Mientras tanto, los contratos vigentes pueden seguir operando con la semana anterior hasta que se renegocien o venzan, salvo que el CCT ya adopte las 40 horas antes.
- ¿Cómo se calculan las horas extra dobles y triples?
- Según el artículo 67 de la LFT, las primeras 9 horas de tiempo extra semanal se pagan al doble del salario por hora normal. A partir de la décima hora extra en la misma semana, el pago es al triple. Ejemplo: si trabajas 55 horas en una semana, tienes 15 horas extra; las primeras 9 al doble y las 6 restantes al triple.
- ¿El tiempo extra tiene un límite legal?
- Sí. El artículo 66 de la LFT fija el límite en 3 horas diarias y 9 horas semanales en circunstancias ordinarias. Solo en casos de emergencia o fuerza mayor puede excederse, y en ningún caso puede prorrogarse más de tres semanas consecutivas. Superar el límite no exime al patrón del pago correspondiente.
- ¿Qué pasa si trabajo en domingo?
- Si el domingo es tu día de descanso semanal, el trabajo ese día se paga al doble (más el salario del día de descanso ganado pero no tomado, lo que equivale a un salario triple total). Si tu horario incluye domingos de forma regular, también tienes derecho a la prima dominical del 25 % sobre tu salario ordinario de ese día.
- ¿Se descuenta la hora de comida de la jornada?
- Depende del contrato y del CCT. Si la hora de comida no es remunerada y el trabajador está libre de toda obligación laboral durante ese tiempo, no se computa como tiempo trabajado. Si el trabajador permanece a disposición del patrón durante la comida, esa hora debe contabilizarse como tiempo trabajado.
- ¿Qué ocurre si trabajo en un día feriado oficial?
- La LFT (art. 75) establece que el trabajador que labore en un día de descanso obligatorio (feriado) recibirá un salario triple: el salario ordinario del día más el doble como prima. Muchos contratos colectivos mejoran esta compensación. Revisa tu CCT para conocer el porcentaje exacto aplicable a tu empresa.
Referencias legales: Ley Federal del Trabajo (DOF, última reforma 2023), arts. 58–68, 73–75; Decreto de reforma a la LFT (semana de 40 horas, 2023); IMSS Ley del Seguro Social. Secretaría del Trabajo y Previsión Social: stps.gob.mx.
