Contrato de Capacitación Inicial (México)
Actualizado el 11 de agosto de 2026
México, a diferencia de todos los demás países de esta serie, no tiene un contrato de aprendizaje como categoría legal propia dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT). La función que otros países cubren con ese contrato se cubre en México con la relación de capacitación inicial del Art. 39-B, una modalidad especial dentro del contrato de trabajo ordinario, distinta del periodo de prueba del Art. 39-A.
Este modelo sustituye una página fuente sin otro contenido que un título. Está construido alrededor de lo que esta relación realmente exige: una duración máxima según el puesto, derechos plenos de seguridad social y salario desde el inicio, y una regla estricta que impide aplicar esta modalidad más de una vez a la misma persona trabajadora.
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Contrato de Capacitación Inicial
- Persona trabajadora:
- Empresa:
- Fecha de inicio:
- Duración:
- meses
- Fecha del contrato:
Esta relación de capacitación inicial se establece conforme al Art. 39-B de la Ley Federal del Trabajo, para que la persona trabajadora adquiera los conocimientos o habilidades siguientes:
La empresa declara que esta modalidad no se ha aplicado previamente a la misma persona trabajadora en la empresa, simultánea ni sucesivamente, conforme a la LFT.
1. Salario
La persona trabajadora recibirá el salario de , con derecho pleno a seguridad social desde el inicio de la relación.
Persona trabajadora
Fecha:
Empresa
Fecha:
Sin contrato de aprendizaje propio: dos figuras distintas cubren esa función
La LFT no contempla un contrato de aprendizaje como tipo contractual autónomo. En su lugar existen dos figuras distintas dentro de la relación de trabajo ordinaria: el periodo de prueba del Art. 39-A, de hasta 30 días en general o 180 días para puestos de dirección, gerenciales o administrativos, y la relación de capacitación inicial del Art. 39-B, en la que la persona trabajadora se obliga a prestar servicios subordinados para adquirir los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que será contratada, con una duración máxima de 3 meses, o 6 meses para puestos de dirección o gerenciales.
En ambos casos la persona trabajadora tiene, desde el primer día, derecho pleno a salario y a seguridad social — no existe una escala salarial reducida propia de un aprendiz, a diferencia de casi todos los demás países de esta serie.
Una regla anti-abuso: nunca dos veces a la misma persona, ni siquiera para puestos distintos
La LFT es explícita: dentro de la misma empresa o establecimiento, los periodos de prueba o de capacitación inicial no podrán aplicarse simultánea o sucesivamente a la misma persona trabajadora, ni en más de una ocasión, aun cuando se trate de puestos distintos o de un ascenso.
Esto convierte a México en el único país de esta serie donde la protección central no es una escala salarial ni una aprobación de una autoridad pública, sino una regla estructural de no repetición dentro del propio empleador — un duodécimo modelo distinto en esta serie para lo que otros países regulan como contrato de aprendizaje.
Resumen de las Cláusulas
- Actividad y conocimientos a adquirir
- Descripción precisa de la actividad para la que se capacita a la persona trabajadora.
- Duración de la capacitación inicial
- Hasta 3 meses en general, o 6 meses para puestos de dirección o gerenciales, jf. Art. 39-B de la LFT.
- No repetición
- Declaración de que esta modalidad no se ha aplicado antes a la misma persona en la misma empresa.
- Salario y seguridad social
- Derecho pleno desde el primer día, sin escala reducida propia de aprendiz.
- Protección de menores
- Si la persona trabajadora tiene entre 15 y 18 años, aplican las protecciones especiales del Título Quinto Bis de la LFT.
Cómo debe redactarse este contrato
La relación de capacitación inicial es una modalidad del contrato de trabajo ordinario, no un contrato de aprendizaje autónomo, y su validez depende de límites estrictos de duración y de no repetición.
No exceda la duración máxima según el puesto
3 meses en general, o 6 meses para puestos de dirección o gerenciales, jf. Art. 39-B de la LFT.
Ley Federal del Trabajo, Art. 39-BNo aplique esta modalidad más de una vez a la misma persona
La LFT prohíbe aplicar el periodo de prueba o la capacitación inicial simultánea o sucesivamente a la misma persona trabajadora, aun para puestos distintos.
Otorgue salario y seguridad social plenos desde el inicio
No existe una escala salarial reducida para esta modalidad; la persona trabajadora tiene derechos plenos desde el primer día.
Aplique las protecciones del Título Quinto Bis si la persona es menor de edad
Personas entre 15 y 18 años requieren certificado médico y están sujetas a supervisión especial de las autoridades del trabajo.
Cómo usar este contrato de capacitación inicial
- Describir la actividad a capacitar. Define con precisión la actividad y los conocimientos que se busca adquirir.
- Fijar la duración según el puesto. Hasta 3 meses en general, o 6 meses para puestos de dirección o gerenciales.
- Confirmar que no se ha aplicado antes. Verifica que esta modalidad no se haya usado ya con la misma persona en la empresa.
- Establecer salario y seguridad social. Otorga derechos plenos desde el primer día de la relación.
- Firmar y conservar un ejemplar. Ambas partes firman el contrato antes de iniciar la capacitación.
Preguntas Frecuentes
¿México tiene un contrato de aprendizaje como en otros países?
No como categoría propia. La LFT cubre esa función con el periodo de prueba del Art. 39-A y la relación de capacitación inicial del Art. 39-B, ambos dentro del contrato de trabajo ordinario.
¿Cuánto puede durar la capacitación inicial?
Hasta 3 meses en general, o 6 meses para puestos de dirección o gerenciales, jf. Art. 39-B de la LFT.
¿Se puede aplicar la capacitación inicial más de una vez a la misma persona?
No. La LFT prohíbe aplicarla simultánea o sucesivamente a la misma persona trabajadora, ni en más de una ocasión, aun para puestos distintos.
¿La persona en capacitación inicial recibe salario reducido?
No. Tiene derecho pleno a salario y seguridad social desde el primer día, sin escala reducida propia de un aprendiz.
¿Qué protecciones adicionales aplican si la persona es menor de edad?
Las del Título Quinto Bis de la LFT: certificado médico de aptitud, exámenes periódicos, y supervisión especial de las autoridades del trabajo para personas entre 15 y 18 años.
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Aviso legal
Este modelo y esta guía tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoría legal. Contratos colectivos de trabajo pueden imponer requisitos adicionales; consulta a un profesional antes de firmar.


