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Calculadora de Aguinaldo Proporcional
Calcula el aguinaldo proporcional a los días trabajados en el año, conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
El aguinaldo proporcional es la parte del aguinaldo anual que corresponde a un trabajador que no laboró el año completo, calculada según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: al menos 15 días de salario por año completo, repartidos según los días trabajados entre 365. Con un aguinaldo de año completo de $4,500.00 (15 días de un salario diario de $300.00) y 200 días trabajados en el año, el resultado es $2,466, el aguinaldo proporcional que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Usa la calculadora de arriba con tu propio salario diario multiplicado por al menos 15.
- Last verified
- 5 Aug 2026
- Review by
- 4 Feb 2028
- Rule version
- 2026-08-pilot
- Guidance reviewed
- 5 Aug 2026
Este cálculo estima el aguinaldo proporcional bruto según el artículo 87 de la LFT; no incluye ISR ni otras retenciones.
Mantén 'Meses del año considerados' en 12: este campo aplica una segunda proporción anual y, si lo cambias, el resultado deja de reflejar solo la proporción de días trabajados en el año.
Cómo funciona la calculadora de aguinaldo proporcional
- 1
Calcula tu aguinaldo de año completo
Multiplica tu salario diario por al menos 15 días, el mínimo legal del artículo 87 de la LFT, para obtener el aguinaldo que corresponde a un año completo trabajado, y usa ese resultado como primer dato.
- 2
Cuenta los días trabajados en el año
Cuenta los días naturales trabajados en el año calendario, desde la fecha de ingreso o hasta la fecha de baja, según corresponda al caso.
- 3
Mantén la base de 365 días
El artículo 87 reparte el aguinaldo entre los 365 días del año calendario, no entre los días hábiles ni entre los meses trabajados.
- 4
Deja 'meses del año considerados' en 12
Este campo existe para otros escenarios de la calculadora; para el aguinaldo proporcional de un solo periodo, déjalo en 12 para que no se aplique una segunda proporción sobre el resultado.
Fórmula del aguinaldo proporcional
Aguinaldo proporcional = (salario diario x 15 días) x (días trabajados en el año / 365)
- El artículo 87 de la LFT fija 15 días de salario como el mínimo anual; muchos contratos colectivos o políticas internas pagan más días, en cuyo caso ese número sustituye a los 15 días en el cálculo.
- El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, incluso de forma proporcional para quienes no completaron el año calendario completo.
- El aguinaldo proporcional del artículo 87 es distinto del salario prorrateado del artículo 89 de la LFT, que divide el salario mensual entre 30 para obtener el salario diario a efectos de otras prestaciones.
- Los promedios mensual y semanal de referencia mostrados son solo divisiones matemáticas del resultado y no son conceptos usados en la nómina mexicana.
Ejemplo: 200 días trabajados con salario diario de $300.00
Un trabajador con salario diario de $300.00 (aguinaldo de año completo de $4,500.00 por 15 días) laboró 200 de los 365 días del año antes de su baja.
- Aguinaldo de año completo (15 días)
- $4,500.00
- Días del año
- 365
- Días trabajados
- 200
- Proporción de días trabajados
- 54.79%
- Aguinaldo proporcional calculado
- $2,466
- Promedio mensual de referencia
- $205
- Promedio semanal de referencia
- $47
El trabajador debe recibir $2,466 de aguinaldo proporcional por los 200 días trabajados, equivalente al 54.79% del aguinaldo de año completo.
A quién aplica el aguinaldo proporcional
- Aplica a cualquier trabajador que no completó el año
- Se paga tanto a quienes causan baja a mitad de año como a quienes son contratados durante el año, y también a quienes fueron contratados y dados de baja dentro del mismo año calendario.
- 15 días es el mínimo legal, no el máximo
- El artículo 87 establece 15 días de salario como piso; el contrato individual, el contrato colectivo o la política interna de la empresa pueden fijar un aguinaldo mayor, que se prorratea de la misma forma entre los 365 días del año.
- El aguinaldo proporcional no sustituye otras prestaciones de baja
- En una liquidación o finiquito, el aguinaldo proporcional es solo una de las prestaciones; vacaciones proporcionales, prima vacacional y salarios pendientes se calculan por separado, con sus propias reglas.
- El salario prorrateado del artículo 89 es un cálculo distinto
- El artículo 89 de la LFT divide el salario mensual entre 30 días para fijar el salario diario a efectos de otras prestaciones, y no debe confundirse con el aguinaldo proporcional del artículo 87 calculado aquí.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional en México?
- Se multiplica el salario diario por al menos 15 días, el mínimo del artículo 87 de la LFT, para obtener el aguinaldo de año completo, y ese resultado se multiplica por los días trabajados entre 365. Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.
- ¿Qué es el salario prorrateado y en qué se diferencia del aguinaldo proporcional?
- El salario prorrateado del artículo 89 de la LFT divide el salario mensual entre 30 días para obtener un salario diario aplicable a otras prestaciones, mientras que el aguinaldo proporcional del artículo 87 reparte específicamente el aguinaldo anual entre los 365 días del año según los días trabajados.
- ¿Los 15 días de aguinaldo son un mínimo o un máximo legal?
- Son un mínimo legal. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo obliga a pagar al menos 15 días de salario como aguinaldo anual, pero el contrato individual, el contrato colectivo o la política de la empresa pueden fijar un número mayor de días, que se prorratea de igual forma.
- ¿Antes de qué fecha debe pagarse el aguinaldo proporcional?
- El artículo 87 de la LFT exige que el aguinaldo, incluido el proporcional de quienes no trabajaron el año completo, se pague antes del 20 de diciembre de cada año calendario, sin importar la fecha exacta de ingreso o baja del trabajador.
- ¿El aguinaldo proporcional se calcula igual para quienes ingresan que para quienes causan baja?
- Sí, la fórmula es la misma en ambos casos: se cuentan los días naturales efectivamente trabajados dentro del año calendario y se dividen entre 365, sin importar si el periodo trabajado ocurrió al inicio, en medio o al final del año.
Important caveats
Este cálculo estima el aguinaldo proporcional bruto según el artículo 87 de la LFT; no incluye ISR ni otras retenciones.
Mantén 'Meses del año considerados' en 12: este campo aplica una segunda proporción anual y, si lo cambias, el resultado deja de reflejar solo la proporción de días trabajados en el año.
Sources used
We prioritise official sources for statutory and tax-sensitive calculators.
- Ley Federal del Trabajo, artículo 87
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Gobierno de México · accessed 5 Aug 2026


