Carta de Compromiso de Servicios Contables
Actualizado el 5 de agosto de 2026
Una carta de compromiso —también llamada contrato de servicios contables— es el documento que fija con precisión qué servicios prestará el contador o el despacho, qué costará y quién es responsable de qué. Para los trabajos de auditoría, México adoptó desde 2012 las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) emitidas por la Federación Internacional de Contadores, entre ellas la NIA 210, que exige acordar por escrito los términos del encargo antes de comenzar; para los servicios de contabilidad que no son una auditoría, no existe esa misma obligación legal, pero el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) recomienda documentarlos igual como práctica profesional.
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Carta de Compromiso de Servicios Contables
El presente contrato se celebra el entre , con domicilio en (el "Cliente"), y , con domicilio en (el "Despacho").
1. Alcance de los Servicios
El Despacho prestará al Cliente los siguientes servicios: . El Despacho realizará los servicios conforme a las normas de información financiera y a las normas profesionales aplicables en México.
2. Honorarios y Facturación
- Base de honorarios:
- Monto del honorario:
- Otra base (si aplica):
- Periodicidad de facturación:
Las facturas, emitidas mediante el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente, se pagarán dentro de días de su fecha de emisión. El Cliente podrá impugnar por escrito cualquier parte de una factura dentro de días de recibida, y las partes actuarán de buena fe para resolver la diferencia.
3. Obligaciones del Cliente
El Cliente proporcionará al Despacho información exacta, completa y oportuna, razonablemente necesaria para prestar los servicios, y le notificará sin demora cualquier cambio de circunstancias que pueda afectarlos.
4. Propiedad de los Papeles de Trabajo
Todos los papeles de trabajo, notas y archivos que el Despacho prepare al prestar los servicios seguirán siendo propiedad del Despacho. Esto no afecta la propiedad del Cliente sobre sus propios registros financieros ni su derecho a recibir los productos finales del trabajo conforme a este contrato.
5. Confidencialidad
Cada parte mantendrá confidencial la información no pública de la otra obtenida con motivo de este contrato, salvo que la ley exija su divulgación o se autorice por escrito.
6. Indemnización Mutua y Límite de Responsabilidad
Cada parte indemnizará a la otra por las pérdidas, reclamaciones y gastos razonables que resulten de su propia negligencia, incumplimiento de este contrato o dolo. La responsabilidad de cualquiera de las partes frente a la otra bajo este contrato no excederá los honorarios pagados por el Cliente, salvo en caso de dolo.
7. Vigencia y Terminación
Cualquiera de las partes podrá terminar este contrato dando aviso por escrito con días de anticipación. Cualquiera podrá también terminarlo de inmediato por un incumplimiento grave que no se corrija dentro de días de notificado por escrito. Al terminar, el Cliente pagará los honorarios y gastos correspondientes a los servicios prestados hasta la fecha de terminación.
8. Disposiciones Generales
Este contrato se rige por las leyes aplicables en y constituye el acuerdo total entre las partes respecto de su objeto. Solo podrá modificarse por escrito firmado por ambas partes.
Cliente
Fecha:
Despacho
Fecha:
Si el despacho también auditará a este cliente, la contabilidad no es un servicio neutral
La Sección 290 del Código de Ética Profesional del IMCP, sobre independencia en trabajos de auditoría y de revisión, exige que el Contador Público en la práctica independiente evalúe las amenazas a su independencia —entre ellas la autorrevisión, que surge cuando el mismo despacho lleva la contabilidad y luego audita esos mismos registros— y aplique las salvaguardas necesarias o, si no puede reducirlas a un nivel aceptable, decline el trabajo. Esto no es una razón para no ofrecer ambos servicios: es una razón para decirlo con claridad en la carta de compromiso en vez de mezclarlos en una sola lista de servicios sin distinción, como hacen muchos formatos genéricos. Este formato incluye una nota de independencia que aparece automáticamente cuando el despacho confirma que también presta servicios de auditoría o revisión al mismo cliente.
Si el despacho administrará recursos del cliente, puede tratarse de una actividad vulnerable ante la Ley Antilavado
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Anti-Money-Laundering Law), conocida como Ley Antilavado o LFPIORPI, en su artículo 17, fracción XI, califica como actividad vulnerable la prestación de servicios profesionales independientes cuando el profesional —incluidos los contadores— administra o maneja recursos del cliente, o actúa en su nombre y representación en ciertas operaciones. Quien realiza esta actividad debe identificar al cliente, conservar expedientes y presentar avisos ante la autoridad, con independencia del secreto profesional. Muchos formatos de carta de compromiso no mencionan esta obligación en absoluto; este formato incluye una nota que aparece cuando el servicio contratado incluye administrar o manejar fondos del cliente.
Un anticipo no puede ser reembolsable y no reembolsable al mismo tiempo
Una cláusula de anticipo necesita decir una sola cosa clara sobre el destino de los fondos no utilizados: o se abonan a honorarios futuros o se devuelven al terminar el servicio, o bien son no reembolsables. Una cláusula que promete ambas cosas en distintas frases no es un término intermedio razonable — es una contradicción que, llegado el caso, tendría que resolver un juez con datos que ninguna de las partes controló. Este formato obliga a elegir una sola opción.
Las cláusulas, explicadas
- Alcance de los servicios
- Los servicios concretos que prestará el despacho —contabilidad, estados financieros, nómina, declaraciones fiscales o auditoría— descritos con precisión suficiente para que ambas partes coincidan en qué está incluido.
- Nota de independencia (condicional)
- Aparece automáticamente si el despacho también presta servicios de auditoría o revisión al mismo cliente, recordando la evaluación de amenazas a la independencia que exige la Sección 290 del Código de Ética Profesional del IMCP.
- Actividad vulnerable (condicional)
- Aparece automáticamente si el servicio incluye administrar o manejar recursos del cliente, recordando las obligaciones de identificación y aviso previstas en el artículo 17, fracción XI, de la Ley Antilavado (LFPIORPI).
- Honorarios y facturación
- Honorario fijo, por hora o de otra base, más la periodicidad y forma de pago de las facturas — que en México deben emitirse como Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
- Anticipo (opcional)
- Si se usa, indica con claridad si los fondos no utilizados se abonan a honorarios futuros o se devuelven, o si son no reembolsables — una sola regla, no una contradicción.
- Obligaciones del cliente
- El deber del cliente de proporcionar información completa, exacta y oportuna, ya que el trabajo del contador solo es tan confiable como la información que el cliente le entrega.
- Propiedad de los papeles de trabajo
- Declara que los papeles de trabajo del despacho siguen siendo propiedad del despacho, aunque se refieran a los registros del cliente — un punto estándar de práctica profesional que muchos formatos omiten.
- Indemnización mutua y límite de responsabilidad
- Cada parte indemniza a la otra por su propia negligencia o incumplimiento, y la responsabilidad de ambas partes se limita a los honorarios pagados bajo este contrato — aplicado por igual, no solo a favor del despacho.
Lista de requisitos
La NIA 210 exige acordar por escrito los términos de un encargo de auditoría
México adoptó desde 2012 las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC); la NIA 210 exige que el auditor acuerde los términos del encargo con la administración y, en su caso, con los responsables del gobierno de la entidad, y los documente en una carta de compromiso u otra forma escrita adecuada.
IMCP — NIA 210, Acuerdo de los Términos del Encargo de AuditoríaPrestar contabilidad y auditoría al mismo cliente exige evaluar amenazas a la independencia
La Sección 290 del Código de Ética Profesional del IMCP exige que el Contador Público en la práctica independiente identifique amenazas —como la autorrevisión— cuando presta servicios distintos de la auditoría al mismo cliente que audita o revisa, y aplique salvaguardas o decline el trabajo si no puede reducirlas a un nivel aceptable.
IMCP — Código de Ética ProfesionalAdministrar recursos del cliente puede ser una actividad vulnerable ante la Ley Antilavado
El artículo 17, fracción XI, de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) califica como actividad vulnerable la prestación de servicios profesionales independientes, incluidos los de contadores, cuando el profesional administra o maneja recursos del cliente o actúa en su representación en ciertas operaciones, generando obligaciones de identificación y aviso ante la autoridad.
SAT — Actividades Vulnerables, fracción XI
Cómo usar este formato
- Rellene el despacho y el cliente. Escriba el nombre del contador o despacho y del cliente y sus domicilios en los espacios resaltados.
- Describa el alcance de los servicios. Enumere los servicios concretos incluidos — contabilidad, estados financieros, nómina, declaraciones fiscales o auditoría.
- Indique si el despacho también audita o revisa a este cliente. Si el despacho presta servicios de auditoría o revisión al mismo cliente, selecciónelo para que aparezca la nota de independencia — es el punto más importante del formato.
- Indique si el servicio incluye administrar recursos del cliente. Si el despacho manejará o administrará fondos del cliente, o actuará en su representación en ciertas operaciones, selecciónelo para que aparezca la nota sobre actividad vulnerable conforme a la Ley Antilavado.
- Fije honorarios, facturación y el anticipo si lo usa. Elija honorario fijo, por hora u otra base, la periodicidad de facturación y, si usa un anticipo, si los fondos no utilizados se abonan o se devuelven, o son no reembolsables.
- Firmen y descarguen. Ambas partes firman, y luego descargan el contrato en Word o PDF antes de iniciar el trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio tener una carta de compromiso por escrito?
Para un encargo de auditoría, sí: la NIA 210, adoptada en México desde 2012, exige documentar por escrito los términos acordados con el cliente antes de iniciar el trabajo. Para servicios de contabilidad que no son una auditoría, no existe esa misma exigencia legal, pero el IMCP recomienda documentarlos igual como práctica profesional.
¿Puede el mismo despacho llevar mi contabilidad y también auditarme?
Puede, pero la Sección 290 del Código de Ética Profesional del IMCP exige evaluar las amenazas a la independencia que esto genera —como la autorrevisión— y aplicar salvaguardas, o declinar el trabajo si no pueden reducirse a un nivel aceptable. Este formato incluye una nota que se activa cuando ambos servicios coinciden en el mismo cliente.
¿Qué es una actividad vulnerable y por qué aparece en este formato?
Es una categoría de la Ley Antilavado (LFPIORPI) que impone obligaciones de identificación y aviso a quienes prestan ciertos servicios profesionales, incluidos contadores que administran o manejan recursos de un cliente. Este formato incluye una nota al respecto porque muchos contratos de servicios contables no la mencionan y el despacho puede estar sujeto a ella sin saberlo.
¿Debo cobrar un anticipo reembolsable o no reembolsable?
Es su decisión, pero debe fijarla con claridad: o los fondos no utilizados se abonan a honorarios futuros o se devuelven al terminar el servicio, o son no reembolsables. Lo que no debe hacer es prometer ambas cosas en la misma cláusula, lo que genera una contradicción sin solución clara.
¿De quién son los papeles de trabajo que prepara el contador?
Del contador o despacho, como práctica profesional estándar, aunque se refieran a los registros financieros del propio cliente. Lo que el cliente sí tiene derecho a recibir son sus propios registros originales y los productos finales del trabajo, como los estados financieros terminados, no los papeles de trabajo internos del contador.
¿Debe el contador emitir factura (CFDI) por sus honorarios?
Sí. En México, los honorarios por servicios profesionales deben facturarse mediante un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), conforme a las disposiciones fiscales aplicables — este formato deja el espacio para indicar la periodicidad de facturación, pero no sustituye el cumplimiento de esa obligación fiscal.
¿Qué pasa si hay una diferencia sobre el importe de una factura?
Este formato da al cliente un plazo para impugnar por escrito una factura después de recibirla, con la expectativa de que ambas partes actúen de buena fe para resolverlo, en vez de dejar que la diferencia escale directamente a la falta de pago y a la terminación del contrato.
Aviso legal
Este formato y esta guía tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoría legal, fiscal ni de normas profesionales. Los requisitos de independencia, de identificación de actividades vulnerables y de facturación cambian con el tiempo. Consulte con un Contador Público certificado o con un abogado antes de utilizar este documento.


