Calculadora IVA España
Calcula el IVA español al instante: añade o quita el 21%, 10% o 4% de IVA.
El IVA en España — Guía Completa
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. El tipo general es del 21 %, aunque existen tipos reducidos del 10 % y superreducido del 4 % para determinadas categorías de bienes y servicios considerados de primera necesidad o de especial interés social.
Esta calculadora de IVA gratuita te permite añadir o quitar el IVA a cualquier importe en segundos, para los tres tipos vigentes en España.
Cómo usar la calculadora de IVA
- Elige el modo: "Añadir IVA" (base imponible → total con IVA) o "Quitar IVA" (total con IVA → base imponible).
- Introduce el importe en euros (€).
- Selecciona el tipo de IVA: 21%, 10% o 4%.
- Pulsa "Calcular". Verás al instante la base imponible, la cuota de IVA y el total.
- Pulsa "Copiar" para copiar cualquier cifra al portapapeles.
Ejemplos de cálculo
IVA +
Añadir IVA al 21%: 100,00 € (sin IVA) × 1,21 = 121,00 € (con IVA). Cuota IVA: 21,00 €.
IVA −
Quitar IVA al 21%: 121,00 € (con IVA) ÷ 1,21 = 100,00 € (sin IVA). Cuota IVA: 21,00 €.
Histórico de los tipos de IVA en España
| Date | Rate | Note |
|---|---|---|
| Ene 1986 | 12% | Entrada en vigor del IVA con la adhesión a la CEE |
| Ene 1992 | 13% | Subida del tipo general |
| Ago 1992 | 15% | Segunda subida del mismo año |
| Ene 1995 | 16% | Subida |
| Jul 2010 | 18% | Subida por la crisis financiera |
| Sep 2012 | 21% | Tipo general actual — subida del Gobierno Rajoy |
Obligación de declarar el IVA en España
En España no existe un umbral mínimo de facturación para estar sujeto al IVA. Cualquier empresario o profesional que realice actividades económicas debe darse de alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036 o 037) y repercutir el IVA desde el primer euro de facturación.
Los autónomos y empresas en régimen simplificado o de recargo de equivalencia tienen reglas específicas. El régimen especial de pequeñas empresas que exime de IVA a empresas con facturación inferior a 85.000 € comenzará a aplicarse en España a partir de 2025, en transposición de la Directiva 2020/285/UE.
Declaraciones de IVA en España
La mayoría de autónomos y empresas presentan el modelo 303 (autoliquidación trimestral de IVA) ante la Agencia Tributaria dentro de los 20 primeros días del mes siguiente al trimestre. Las grandes empresas (facturación superior a 6 millones de euros) presentan el modelo 303 mensualmente.
Además del 303, es obligatorio presentar el Resumen Anual de IVA (modelo 390) en enero del ejercicio siguiente. Las empresas que realicen operaciones intracomunitarias presentan el modelo 349 (recapitulativo de operaciones intracomunitarias) mensual o trimestral.
Preguntas frecuentes sobre el IVA en España
- ¿Cuál es el tipo de IVA en España?
- El tipo general del IVA en España es del 21%, aplicable a la mayoría de bienes y servicios. El tipo reducido del 10% se aplica a alimentos (excepto los de primera necesidad), transporte de viajeros, hostelería, entrada a espectáculos y obras de renovación de viviendas. El tipo superreducido del 4% se aplica a alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas, verduras, cereales), libros, periódicos, revistas y medicamentos.
- ¿Cómo se calcula el IVA de un precio sin IVA?
- Multiplica el precio sin IVA por 1,21 (tipo general), 1,10 (tipo reducido) o 1,04 (tipo superreducido). Ejemplo: 500 € × 1,21 = 605 € con IVA. La cuota de IVA es 105 €.
- ¿Cómo se extrae el IVA de un precio con IVA?
- Divide el precio con IVA entre 1,21 (21%), 1,10 (10%) o 1,04 (4%). Ejemplo: 242 € ÷ 1,21 = 200 € sin IVA. La cuota de IVA es 42 €.
- ¿Qué diferencia hay entre IVA repercutido e IVA soportado?
- El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en tus ventas. El IVA soportado es el que pagas a tus proveedores en tus compras. La diferencia entre ambos es lo que debes ingresar a Hacienda (o lo que te devuelven si el soportado supera al repercutido).
- ¿Qué operaciones están exentas de IVA en España?
- Están exentas de IVA, entre otras: las operaciones financieras y de seguros, la asistencia sanitaria, la educación, el arrendamiento de viviendas, los servicios postales públicos y las exportaciones fuera de la UE. Las exenciones plenas permiten deducir el IVA soportado; las limitadas, no.
- ¿Qué datos debe contener una factura con IVA en España?
- Una factura completa debe incluir: número y fecha de expedición, NIF del emisor y del destinatario (en facturas B2B), nombre, razón social y domicilio de ambas partes, descripción de la operación, base imponible, tipo impositivo aplicado, cuota tributaria y total. Las facturas simplificadas (hasta 400 € o tickets) tienen requisitos reducidos.
- ¿Puedo deducirme el IVA como autónomo?
- Sí, si estás dado de alta en actividades económicas y en régimen general de IVA, puedes deducirte el IVA soportado en tus compras y gastos afectos a la actividad. No puedes deducirte el IVA de gastos privados o mixtos (como el vehículo, salvo uso exclusivo empresarial). La regla de la prorrata se aplica si realizas tanto operaciones con IVA como exentas.
