Generador de nóminas
Crea una nómina española conforme al modelo oficial (Orden ESS/2098/2014): devengos, deducciones de IRPF y Seguridad Social calculadas automáticamente y las aportaciones de la empresa. Gratis y en PDF.
Calcula tu salario neto →Según la Orden ESS/2098/2014, la nómina debe incluir el encabezamiento (empresa y trabajador), el periodo, los devengos, las deducciones y las bases de cotización:
- • Empresa
- • Código Cuenta Cotización (CCC)El CCC de la empresa es obligatorio en la nómina.
- • Nombre del trabajador
- • NIF / DNIIdentificación fiscal del trabajador.
- • Nº afiliación Seguridad Social (NAF)El número de afiliación a la Seguridad Social es obligatorio.
- • Periodo de liquidaciónDebe constar el periodo de liquidación.
Periodo de liquidación
Empresa
Trabajador
Devengos
Deducciones
| Salario base | 1500,00 € |
| Complementos salariales | 0,00 € |
—
Qué es la nómina y cómo crear una nómina conforme al modelo oficial
La nómina —cuyo nombre legal es «recibo individual de salarios»— es el documento que la empresa está obligada a entregar cada mes a la persona trabajadora para justificar el pago del salario. No es un simple recibo: es la prueba de lo que has ganado, de lo que te han descontado y de lo que la empresa ha cotizado por ti a la Seguridad Social. Por eso importa entenderla bien, tanto si eres autónomo con empleados, gestor de una pyme o alguien que quiere comprobar que su nómina está bien calculada.
En España la nómina no es libre: su contenido mínimo lo fija el modelo oficial aprobado por la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-11637">Orden ESS/2098/2014 (BOE)</a>, que actualizó el antiguo recibo de salarios de 1994 y añadió una novedad clave —el bloque de aportación de la empresa a la Seguridad Social—. Esta guía explica, concepto a concepto, qué debe contener una nómina, cómo leerla y cómo crear una gratis con nuestro generador, que calcula automáticamente el IRPF, las cotizaciones y el coste empresarial.
Qué debe contener legalmente una nómina (modelo oficial)
El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores obliga a documentar el pago del salario en el modelo oficial (o en el pactado en convenio). La Orden ESS/2098/2014 establece un contenido mínimo obligatorio; la empresa puede añadir campos, pero no omitir estos:
- Encabezamiento: identificación de la empresa (nombre o razón social, NIF y Código de Cuenta de Cotización, CCC) y de la persona trabajadora (nombre, NIF/DNI, número de afiliación a la Seguridad Social, categoría o grupo profesional y antigüedad).
- Periodo de liquidación (el mes) y número de días que comprende.
- Devengos: todo lo que se percibe, dividido en percepciones salariales y no salariales, con el total devengado (bruto).
- Deducciones: aportaciones del trabajador a la Seguridad Social, MEI, retención de IRPF y otras, con el líquido total a percibir (neto).
- Determinación de las bases de cotización y de la base sujeta a retención de IRPF (el pie de la nómina).
- Aportación de la empresa a la Seguridad Social, separada de la del trabajador —el gran cambio introducido por la Orden ESS/2098/2014 y el dato que más generadores omiten—.
- Fecha y, cuando el pago no se hace por transferencia, firma y sello de la empresa acreditando la recepción.
Cómo leer y cómo crear una nómina paso a paso
- Comprueba el encabezamiento: que tus datos y los de la empresa (CIF/CCC, NIF/NAF) sean correctos y aparezca el grupo de cotización.
- Suma los devengos: salario base + complementos + horas extra + la parte proporcional de las pagas extra si están prorrateadas. Esto es el «total devengado» (bruto).
- Revisa las deducciones: cotizaciones a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, formación profesional y MEI) y la retención de IRPF.
- Resta las deducciones del bruto: obtienes el «líquido total a percibir», que es lo que cobras.
- Mira el pie: las bases de cotización determinan sobre qué importes se calculan las cotizaciones y la retención.
- Para crear la tuya, rellena el formulario del generador; calcula automáticamente el IRPF y las cotizaciones a partir de seg-social.es y agenciatributaria.es, y la descargas en PDF.
Los devengos: todo lo que se percibe
Los devengos son el «haber» de la nómina, es decir, todo lo que la empresa te reconoce antes de aplicar descuentos. Se agrupan en percepciones salariales (retribuyen el trabajo y cotizan) y no salariales (indemnizaciones, dietas, suplidos, que en general no cotizan hasta ciertos límites).
- Salario base: la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra según el convenio o el contrato. Es el punto de partida de la nómina.
- Complementos salariales: cantidades que se suman al salario base por antigüedad, puesto de trabajo, penosidad, idiomas, productividad o resultados.
- Horas extraordinarias: las trabajadas por encima de la jornada; se abonan o se compensan y tienen su propia base de cotización.
- Pagas extraordinarias (gratificaciones): al menos dos al año; pueden abonarse en sus meses o prorratearse en las doce mensualidades.
- Percepciones no salariales: dietas, plus de transporte, suplidos e indemnizaciones. No retribuyen el trabajo y suelen quedar fuera de la base de cotización dentro de los límites legales.
Las deducciones: IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social
Las deducciones son lo que se resta del bruto. Se dividen en la aportación del trabajador a la Seguridad Social y la retención de IRPF, más eventuales anticipos u otros descuentos.
- Contingencias comunes: la aportación principal del trabajador (4,70 % de la base) que financia jubilación, incapacidad, maternidad, etc.
- Desempleo: aportación del trabajador para la prestación por paro (1,55 % en contratos indefinidos).
- Formación profesional (FP): pequeña aportación (0,10 %) destinada a la formación para el empleo.
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): cotización finalista para reforzar el sistema de pensiones, obligatoria desde 2023 y con un tipo que sube cada año (0,13 % a cargo del trabajador en 2025).
- Retención de IRPF: el porcentaje que la empresa adelanta a Hacienda a cuenta de tu declaración de la renta. Depende del salario y de tu situación personal y familiar.
- Puedes contrastar el resultado con nuestra calculadora de salario neto para ver si la retención y las cotizaciones cuadran.
Bases de cotización, líquido a percibir y aportación de la empresa
El pie de la nómina no es decorativo: fija las bases sobre las que se calcula todo. La base de cotización por contingencias comunes suele coincidir con el salario mensual más la prorrata de pagas extra; existen además la base por contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta (accidentes de trabajo, desempleo, FOGASA, formación) y la base sujeta a IRPF.
El «líquido total a percibir» es el resultado final: total devengado menos total de deducciones. Es la cifra que aterriza en tu cuenta.
La aportación de la empresa es lo que más distingue a una nómina española bien hecha. Desde la Orden ESS/2098/2014, la nómina debe mostrar cuánto cotiza la empresa por ti (contingencias comunes en torno al 23,60 %, accidentes, desempleo, FOGASA, formación y su parte del MEI), separado de tu aportación. Refleja el coste real de un empleado, muy superior al salario bruto, y casi ningún generador internacional lo incluye.
Datos obligatorios frente a opcionales y conservación
Conviene distinguir entre lo que la ley exige y lo que es recomendable pero no obligatorio.
- Obligatorios en el encabezamiento: nombre o razón social y NIF de la empresa, Código de Cuenta de Cotización (CCC), nombre y NIF/DNI del trabajador, número de afiliación a la Seguridad Social (NAF), grupo profesional y periodo de liquidación.
- Recomendables u opcionales: domicilio de la empresa, categoría concreta, grupo de cotización numérico o el logotipo. Aportan claridad, pero su ausencia no invalida el documento.
- Conservación: la empresa debe conservar las nóminas y los justificantes de pago durante al menos 4 años, plazo en el que la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social pueden reclamarlas. Como trabajador, guardar las tuyas te sirve para acreditar cotizaciones, solicitar prestaciones o pedir un préstamo.
Qué incluye este generador que otros omiten
- El bloque de aportación de la empresa a la Seguridad Social, obligatorio desde la Orden ESS/2098/2014 y ausente en la mayoría de plantillas gratuitas.
- El pie con las bases de cotización (contingencias comunes, contingencias profesionales y recaudación conjunta, y base de IRPF), no solo un total genérico.
- La línea del MEI actualizada a 2025 y, cuando procede, la cotización adicional de solidaridad para salarios por encima de la base máxima.
- Cálculo automático del IRPF y de las cotizaciones a partir de tus datos, en lugar de una plantilla estática que tienes que rellenar a mano.
Uso legítimo de esta herramienta
Este generador está pensado para crear nóminas reales y correctas: empresas y autónomos que documentan pagos, gestorías que necesitan un borrador rápido y trabajadores que quieren comprobar si su nómina cuadra. Es una guía práctica y una herramienta de cálculo, no un sustituto del asesoramiento profesional.
Falsificar una nómina —inflar ingresos para un banco, simular un empleo o alterar cotizaciones— es un fraude que puede constituir delito y acarrear responsabilidad penal, laboral y fiscal. Úsala solo para reflejar la realidad. Ante cualquier duda, consulta a una gestoría o los canales oficiales de <a href="https://www.seg-social.es">seg-social.es</a> y agenciatributaria.es.
