Hoja de Encargo de Asesoría Contable — Modelo

Actualizado el 5 de agosto de 2026

Una hoja de encargo es el documento en el que un asesor, gestor o economista y su cliente dejan por escrito qué servicios contables o fiscales se van a prestar, cuánto cuestan y quién es responsable de qué. El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo General de Economistas, publica y recomienda un modelo de hoja de encargo precisamente porque, sin ella, la relación entre asesor y cliente queda sin definir por escrito desde el principio.

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Hoja de Encargo de Servicios Contables

La presente hoja de encargo se formaliza el entre , con domicilio en (el "Cliente"), y , con domicilio en (el "Asesor").

1. Alcance de los Servicios

El Asesor prestará al Cliente los siguientes servicios: . El Asesor realizará los servicios conforme a las normas contables y profesionales aplicables.

2. Honorarios y Facturación

Base de honorarios:
Importe:
Otra base (si aplica):
Periodicidad de facturación:

Las facturas se pagarán dentro de los días siguientes a su fecha de emisión. El Cliente podrá impugnar por escrito cualquier parte de una factura dentro de los días siguientes a su recepción, y ambas partes procurarán resolver la disputa de buena fe.

3. Obligaciones del Cliente

El Cliente facilitará al Asesor información veraz, completa y a tiempo, razonablemente necesaria para prestar los servicios, y le notificará con prontitud cualquier cambio de circunstancias que pueda afectarlos.

4. Uso de Datos Fiscales y Protección de Datos

5. Propiedad de los Papeles de Trabajo

Los papeles de trabajo, notas y archivos internos que el Asesor prepare en el curso de la prestación de los servicios siguen siendo propiedad del Asesor. Esto no afecta a la propiedad del Cliente sobre sus propios registros ni a su derecho a recibir los resultados finales encargados conforme a esta hoja de encargo.

6. Confidencialidad

Cada parte mantendrá la confidencialidad de la información no pública de la otra obtenida en relación con este encargo, salvo obligación legal en contrario o autorización expresa por escrito.

7. Indemnización Mutua y Límite de Responsabilidad

Cada parte indemnizará a la otra por las pérdidas, reclamaciones y gastos razonables derivados de su propia negligencia, incumplimiento de esta hoja de encargo o conducta dolosa. La responsabilidad de cualquiera de las partes frente a la otra conforme a este documento no excederá de los honorarios pagados por el Cliente, salvo en caso de conducta dolosa.

8. Duración y Resolución

Cualquiera de las partes podrá resolver este encargo mediante preaviso escrito de días. Cualquiera de las partes podrá también resolverlo de forma inmediata por incumplimiento sustancial no subsanado dentro de los días siguientes al aviso escrito del incumplimiento. A la resolución, el Cliente pagará todos los honorarios y gastos correspondientes a los servicios prestados hasta la fecha de resolución.

9. Disposiciones Generales

Esta hoja de encargo se rige por la legislación española y constituye el acuerdo íntegro entre las partes sobre su objeto. Solo podrá modificarse por escrito firmado por ambas.

Cliente

Fecha:

Asesor

Fecha:

Si el despacho también audita a este cliente, la contabilidad no es un servicio neutro

Cuando un despacho de auditoría presta además servicios contables o de teneduría de libros a una entidad que también audita, surge lo que la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas, llama una amenaza de autorrevisión: el auditor terminaría revisando su propio trabajo. La ley limita qué servicios distintos de la auditoría pueden prestarse a una entidad auditada y exige salvaguardas cuando se prestan. Esto no es motivo para no ofrecer ambos servicios cuando la normativa lo permite — es motivo para decirlo expresamente en la hoja de encargo en lugar de dejarlo sin mencionar en una lista de servicios genérica. Este modelo señala la situación directamente cuando se marcan ambas casillas.

Una provisión de fondos no puede ser reembolsable y no reembolsable a la vez

Una cláusula de provisión de fondos necesita decir una sola cosa clara sobre lo que ocurre con el importe no consumido: o se aplica a futuras facturas o se devuelve al finalizar el encargo, o no es reembolsable en ningún caso. Prometer las dos cosas en frases distintas del mismo documento no es un término intermedio — es una contradicción que, llegado el caso, tendría que resolver un juzgado con hechos que ninguna de las partes controló. Este modelo obliga a elegir una sola opción.

El uso de los datos fiscales del cliente tiene un límite legal, no solo profesional

Los datos que el cliente entrega para preparar sus declaraciones fiscales están protegidos por el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y por la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Usar esos datos para un fin distinto del encargo pactado —por ejemplo, para ofrecer otros servicios— exige una base legal o el consentimiento expreso del cliente, no se presume por haber firmado la hoja de encargo general.

Las cláusulas, explicadas

Alcance de los servicios
Los servicios concretos prestados —contabilidad, cuentas anuales, nóminas, declaraciones fiscales o auditoría— descritos con suficiente precisión para que ambas partes coincidan en qué incluye y qué no.
Nota de independencia (condicional)
Aparece automáticamente si indica que el despacho también presta servicios de auditoría a este mismo cliente, señalando que los servicios distintos de la auditoría necesitan salvaguardas específicas conforme a la Ley de Auditoría de Cuentas.
Honorarios y facturación
Tarifa fija, por horas u otro criterio, y cómo y cuándo se emiten y pagan las facturas.
Provisión de fondos (opcional)
Si se utiliza, indica con claridad si el importe no consumido se aplica a futuras facturas o se devuelve, o si no es reembolsable — una sola regla, no una contradicción.
Obligaciones del cliente
El deber del cliente de aportar información veraz y a tiempo, ya que el trabajo del asesor solo es tan fiable como los datos que recibe.
Propiedad de los papeles de trabajo
Establece que los papeles de trabajo y archivos internos del asesor siguen siendo de su propiedad, aunque se refieran a los registros del cliente — una práctica profesional habitual que muchos modelos genéricos omiten.
Protección de datos (RGPD/LOPDGDD)
Un párrafo claro sobre el tratamiento de los datos fiscales del cliente conforme al RGPD y la LOPDGDD, incluyendo que no se usarán para un fin distinto sin base legal o consentimiento.
Indemnización mutua y límite de responsabilidad
Cada parte indemniza a la otra por su propia negligencia o incumplimiento, y la responsabilidad de ambas partes se limita a los honorarios pagados — aplicado por igual, sin favorecer a una parte.

Puntos a comprobar

  • Prestar servicios distintos de la auditoría a un cliente auditado exige salvaguardas de independencia

    La Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas, exige que los auditores evalúen las amenazas a su independencia —entre ellas la autorrevisión— y apliquen salvaguardas cuando prestan servicios distintos de la auditoría a una entidad que también auditan, con restricciones reforzadas para entidades de interés público.

    BOE — Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas
  • Los datos fiscales del cliente están sujetos al RGPD y a la LOPDGDD

    El uso o la cesión de los datos personales y fiscales del cliente para fines distintos del encargo pactado requiere una base legal conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) o el consentimiento expreso del cliente conforme a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).

    Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

Cómo usar este modelo

  1. Rellene el despacho y el cliente. Escriba el nombre y domicilio del asesor o despacho y del cliente en los espacios resaltados.
  2. Describa el alcance de los servicios. Enumere los servicios concretos incluidos —contabilidad, cuentas anuales, nóminas, declaraciones fiscales o auditoría.
  3. Indique si el despacho también audita a este cliente. Si el despacho realiza auditoría o revisión de cuentas a este mismo cliente, selecciónelo para que aparezca la nota de independencia — es la casilla más importante del formulario.
  4. Fije honorarios, facturación y la provisión de fondos si la usa. Elija tarifa fija, por horas u otro criterio, la periodicidad de facturación y, si utiliza provisión de fondos, si el importe no consumido se aplica o se devuelve, o no es reembolsable.
  5. Firme y descargue. Ambas partes firman y después descargan la hoja de encargo como archivo Word o PDF antes de iniciar el trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener una hoja de encargo por escrito?

No existe una norma general que la haga obligatoria para todo asesoramiento contable, pero el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), del Consejo General de Economistas, publica y recomienda un modelo precisamente porque sin ella la relación entre asesor y cliente queda sin definir. Para servicios de auditoría, la normativa profesional exige constancia escrita de los términos del encargo.

¿Puede el mismo despacho llevar mi contabilidad y auditar mis cuentas?

Puede, pero la Ley de Auditoría de Cuentas exige que se apliquen salvaguardas específicas cuando un despacho presta servicios distintos de la auditoría a un cliente que también audita, por la amenaza de autorrevisión que esto genera. Este modelo señala la situación en el propio documento en lugar de dejarla sin mencionar.

¿Debe ser reembolsable mi provisión de fondos?

Es una decisión suya que debe quedar clara: o el importe no consumido se aplica a futuras facturas o se devuelve al finalizar el encargo, o no es reembolsable. Lo que no debe hacerse es prometer ambas cosas en la misma cláusula, que no es un término intermedio sino una contradicción difícil de hacer cumplir.

¿Puede mi asesor usar mis datos fiscales para ofrecerme otros servicios?

Solo con una base legal conforme al RGPD o con su consentimiento expreso conforme a la LOPDGDD. Una hoja de encargo general para preparar sus declaraciones no concede automáticamente el uso de esos datos para otros fines.

¿De quién son los papeles de trabajo del asesor?

Del asesor, conforme a la práctica profesional habitual, aunque se refieran a los registros del cliente. Lo que el cliente tiene derecho a recibir son sus propios documentos originales y el resultado final del trabajo encargado —como las cuentas anuales terminadas—, no los papeles de trabajo internos del asesor.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con una factura?

Este modelo da al cliente un plazo para impugnar por escrito una factura tras recibirla, con la expectativa de que ambas partes intenten resolverlo de buena fe, en lugar de dejar que una disputa de facturación escale directamente a la falta de pago y la resolución del encargo.

Aviso legal

Este modelo y esta guía tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoramiento legal ni profesional. Los requisitos de independencia, protección de datos y consentimiento cambian con el tiempo y dependen del tipo de encargo. Confirme la normativa vigente del Consejo General de Economistas y consulte con un economista o abogado antes de utilizar este documento.