Contrato de Publicidad — Modelo (España)

Actualizado el 5 de agosto de 2026

La Ley 34/1988, General de Publicidad, no deja el contrato entre un anunciante y su agencia sin nombre: lo llama, en su Título III, contrato de publicidad —aquel por el que un anunciante encarga a una agencia de publicidad, mediante una contraprestación, la ejecución de publicidad y, en su caso, la creación, preparación o programación de la misma. Es la figura que la mayoría de quienes buscan un "contrato de agencia de publicidad" en realidad necesitan, pero la misma ley regula otras tres figuras distintas que conviene no confundir con esta.

El contrato de abajo es el editor: escriba en los espacios resaltados, indique cómo se compra la publicidad en medios y active la cláusula de influencers si la campaña los incluye. Descargue un archivo Word o PDF limpio, sin registro y sin marca de agua.

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Contrato de Publicidad

El presente contrato de publicidad se celebra el entre , con domicilio en (el "Anunciante"), y , con domicilio en (la "Agencia"), conforme al artículo 13 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad (la Ley General de Publicidad).

1. Alcance de los Servicios

La Agencia prestará al Anunciante los siguientes servicios para una campaña (la "Campaña") que se desarrollará entre el y el : .

2. Compra de Espacio en Medios

La Agencia comprará el espacio en medios para la Campaña como mandataria del Anunciante. La Agencia repercutirá el coste real facturado por los medios y comunicará al Anunciante cualquier rappel, bonificación o descuento por volumen que reciba en relación con dichas compras.

3. Honorarios y Pago

Honorarios totales:
Pago inicial:
% a la firma
Plazos restantes:
Interés por demora:
% mensual

El coste de medios y cualquier gasto adicional previamente aprobado se facturan por separado y no están incluidos en los honorarios totales.

4. Propiedad Intelectual

Una vez pagados en su totalidad los honorarios, la Agencia cede al Anunciante todos los derechos sobre el material creativo desarrollado específicamente para la Campaña. La Agencia conserva la propiedad de sus herramientas, plantillas y metodologías previas utilizadas en la elaboración de dicho material, y concede al Anunciante una licencia de uso en la medida en que estén incorporadas a los materiales de la Campaña.

5. Confidencialidad

Cada parte mantendrá la confidencialidad de la información no pública de la otra parte revelada en relación con este contrato, tanto durante como después de su vigencia, salvo obligación legal en contrario.

6. No Captación de Personal

Durante los meses siguientes a la resolución de este contrato, ninguna de las partes contratará al personal o colaborador de la otra que haya participado sustancialmente en la Campaña, sin el consentimiento por escrito de esa parte.

7. Duración y Resolución

Cualquiera de las partes podrá resolver este contrato mediante preaviso escrito de días. Cualquiera de las partes podrá resolverlo de forma inmediata por incumplimiento sustancial no subsanado dentro de los días siguientes al aviso escrito del incumplimiento. A la resolución, el Anunciante pagará todos los honorarios y costes correspondientes al trabajo realizado hasta la fecha de resolución.

8. Resolución de Disputas

Las partes intentarán primero resolver cualquier disputa mediante negociación de buena fe. Si no se resuelve en un plazo razonable, la disputa se someterá a mediación, y si esta tampoco la resuelve, cualquiera de las partes podrá acudir al arbitraje o a la vía judicial conforme a la legislación aplicable.

9. Disposiciones Generales

Este contrato se rige por la legislación y constituye el acuerdo íntegro entre las partes sobre la Campaña. Solo podrá modificarse por escrito firmado por ambas.

Anunciante

Fecha:

Agencia

Fecha:

Cuatro contratos con nombre propio — asegúrese de que necesita este

El Título III de la Ley 34/1988 (la Ley General de Publicidad) distingue cuatro figuras. El contrato de publicidad, regulado en su artículo 13, es el que vincula a un anunciante con una agencia para la ejecución de una campaña — el objeto de este modelo. El contrato de difusión publicitaria, en el artículo 17, es el que un medio de comunicación firma para insertar publicidad a cambio de una contraprestación fijada en tarifas. El contrato de creación publicitaria, en el artículo 20, es el que encarga a una persona o entidad idear y elaborar un proyecto de campaña, sin encargarse de su ejecución. El contrato de patrocinio, en el artículo 22, es el que un patrocinado firma para colaborar en la publicidad de quien le presta una ayuda económica. Si lo que necesita es contratar solo la difusión en un medio, encargar exclusivamente la idea creativa, o formalizar un patrocinio, ese es un contrato distinto de este.

Diga con claridad cómo se compra la publicidad en medios

Cuando una agencia compra espacio publicitario o tiempo de emisión por cuenta del anunciante, el contrato debe decir con claridad si la agencia actúa como mandataria del anunciante (comprando en su nombre, repercutiendo el coste real y comunicando cualquier descuento o rappel que obtenga de los medios) o si actúa por cuenta propia, revendiendo el espacio al anunciante con un margen comunicado. Dejar este punto sin definir —lo habitual en un contrato genérico— es exactamente el tipo de vacío que termina en disputa cuando el anunciante pide ver las facturas reales de los medios.

Si la campaña usa influencers, la divulgación es también responsabilidad del anunciante

En España, la Ley 3/2013 y el Código de Conducta sobre el uso de influencers en la publicidad, junto con la normativa general de publicidad, exigen que cualquier contenido publicitario difundido por un influencer se identifique de forma clara como tal. Un contrato que gestiona campañas con influencers y no menciona esta obligación deja al anunciante expuesto, igual que ocurriría si se omitiera cualquier otra norma de identificación publicitaria.

Las cláusulas, explicadas

Alcance de los servicios
El alcance creativo, de planificación de medios y de informes de la campaña, descrito con suficiente precisión para que ambas partes coincidan en qué está incluido.
Compra de espacio en medios
Indica si la agencia compra el espacio como mandataria del anunciante (repercutiendo el coste real, comunicando los rappels) o por cuenta propia (reventa con margen comunicado).
Honorarios y pago
El importe total de los servicios, cualquier porcentaje inicial, el calendario de pagos y las condiciones por demora.
Propiedad intelectual
Cede al anunciante los materiales creativos específicos de la campaña una vez pagados en su totalidad, y reserva a la agencia sus propias herramientas y metodologías previas, licenciadas para uso en la campaña.
Divulgación de influencers (condicional)
Aparece si la campaña incluye colaboraciones con influencers: exige que la agencia se asegure de que estos identifican claramente el contenido publicitario, conforme a la normativa española sobre publicidad e identificación de contenidos.
Confidencialidad
Protege la información no pública de ambas partes compartida durante el encargo.
No captación de personal
Restringe que cualquiera de las partes contrate al personal de la otra que haya trabajado en la campaña, durante un plazo concreto tras finalizar el encargo.
Resolución de disputas
Una vía definida — negociación de buena fe, después mediación y, si no se resuelve, arbitraje o vía judicial — en lugar de una cláusula que remite el conflicto a la alta dirección de las partes y ahí se detiene.

Puntos a comprobar

  • El contrato de publicidad tiene definición legal propia

    El artículo 13 de la Ley 34/1988, General de Publicidad, define el contrato de publicidad como aquel por el que un anunciante encarga a una agencia de publicidad, mediante una contraprestación, la ejecución de publicidad y, en su caso, la creación, preparación o programación de la misma.

    BOE — Ley 34/1988, General de Publicidad
  • No confundir con la difusión, la creación o el patrocinio publicitarios

    La misma ley regula el contrato de difusión publicitaria (artículo 17, entre un medio y el anunciante o agencia), el contrato de creación publicitaria (artículo 20, encargo de una idea o proyecto de campaña) y el contrato de patrocinio (artículo 22, colaboración de un patrocinado a cambio de ayuda económica) como figuras distintas del contrato de publicidad.

    BOE — Ley 34/1988, General de Publicidad, Título III

Cómo usar este modelo

  1. Confirme que necesita un contrato de publicidad. Compruebe que su relación es con una agencia que ejecuta la campaña por encargo del anunciante — si solo necesita difusión en un medio, una idea creativa o un patrocinio, ese es un contrato distinto.
  2. Rellene la agencia y el anunciante. Escriba el nombre y domicilio de la agencia y del anunciante en los espacios resaltados.
  3. Describa el alcance de la campaña. Detalle los servicios creativos, de medios y de informes que la agencia va a prestar.
  4. Elija cómo se comprará el espacio en medios. Seleccione si la agencia compra como mandataria del anunciante o por cuenta propia — esto determina cómo se gestionan y comunican el coste y los rappels.
  5. Fije los honorarios y el calendario de pago. Escriba el importe total de los servicios, el porcentaje inicial y las condiciones de los pagos e intereses por demora.
  6. Active la cláusula de influencers si procede. Si la campaña incluye colaboraciones con influencers, active la cláusula de divulgación para que la obligación de la agencia quede recogida en el contrato.
  7. Firme y descargue. Ambas partes firman y después descargan el contrato como archivo Word o PDF antes de iniciar la campaña.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo un contrato de publicidad que un contrato de difusión publicitaria?

No. El contrato de publicidad, del artículo 13 de la Ley 34/1988, vincula al anunciante con la agencia que ejecuta la campaña. El contrato de difusión publicitaria, del artículo 17 de la misma ley, es el que firma un medio de comunicación para insertar la publicidad a cambio de una tarifa — son partes y objetos distintos.

¿Y si solo necesito encargar la idea creativa de una campaña?

Entonces necesita un contrato de creación publicitaria, regulado en el artículo 20 de la Ley 34/1988, que encarga a una persona o entidad idear y elaborar un proyecto de campaña sin encargarse necesariamente de su ejecución — una figura distinta del contrato de publicidad de este modelo.

¿Qué diferencia hay entre que la agencia compre como mandataria o por cuenta propia?

Como mandataria, la agencia compra en nombre del anunciante, repercute el coste real y comunica cualquier rappel o descuento que reciba del medio. Por cuenta propia, la agencia compra el espacio y lo revende al anunciante con un margen comunicado en lugar de repercutir el coste exacto. El contrato debe decir cuál aplica, porque determina qué puede exigir ver el anunciante en las facturas.

¿De quién es el material creativo que produce la agencia?

Con este modelo, el material creativo específico de la campaña se cede al anunciante una vez pagado en su totalidad, no automáticamente a la firma. Las herramientas y metodologías propias de la agencia, previas a la campaña, siguen siendo suyas y se licencian al anunciante para su uso en la campaña, en lugar de cederse por completo.

¿Quién es responsable de que los influencers identifiquen el contenido publicitario?

Principalmente el influencer, pero el anunciante no puede desentenderse por completo: por eso este modelo obliga a la agencia a asegurarse de que cualquier influencer que participe en la campaña identifica claramente el contenido publicitario, en lugar de dejar el punto sin regular en el contrato.

¿Qué pasa si el patrocinio es lo que realmente necesito, no publicidad de agencia?

Entonces el documento correcto es un contrato de patrocinio, regulado en el artículo 22 de la Ley 34/1988, en el que el patrocinado se compromete a colaborar en la publicidad de quien le presta una ayuda económica — una relación distinta de la que existe entre un anunciante y su agencia.

Aviso legal

Este modelo y esta guía tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoramiento legal. La normativa sobre publicidad, identificación de contenidos de influencers y protección de datos cambia con el tiempo. Consulte con un abogado antes de utilizar este documento, en particular para presupuestos de medios elevados o campañas con influencers.