Generador de factura médica en España
Crea una factura para consulta médica privada, terapia o servicio sanitario con paciente, fecha de la consulta, número de colegiado y la exención de IVA del artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA, cuando corresponda, y descárgala en PDF — gratis, sin registro.
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Conceptos
El Exenta de IVA — art. 20.Uno.3º LIVA se aplica solo a los conceptos con la casilla de “Exenta de IVA — art. 20.Uno.3º LIVA” marcada.
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Vista previa:
| Fecha de emisión | — |
| Descripción | Cantidad | Tarifa | Importe |
|---|---|---|---|
| Initial consultation (30 min) | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Follow-up consultation (15 min) | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Therapy session (50 min) | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Physiotherapy treatment session | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Blood draw + laboratory panel | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Vaccination / injection administration | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Telehealth consultation | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Medical report / certificate fee | 1 | €0.00 | €0.00 |
| Subtotal | €0.00 |
| Total | €0.00 |
Generador de factura médica en España
Crea una factura para consulta médica privada, clínica, fisioterapia u otro servicio sanitario con datos del paciente, fecha de la consulta, número de colegiado y la mención de exención de IVA correspondiente.
Los servicios de asistencia a personas físicas prestados en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias, para el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, están exentos de IVA conforme al artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA.
Qué debe incluir una factura de consulta médica
- Nombre de la clínica/consulta, domicilio, contacto y número de colegiado del profesional.
- Paciente, fecha de la consulta o tratamiento, descripción del servicio y, opcionalmente, código de diagnóstico (solo cuando lo exija el seguro).
- Mención clara "Operación exenta según el artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA" en lugar de un tipo y un importe de IVA, cuando corresponda.
- Datos de pago y, si procede, datos de la aseguradora y número de póliza para el reembolso.
Exención de IVA — cuándo se aplica
La exención del artículo 20.Uno.3º cubre el diagnóstico, la prevención y el tratamiento de enfermedades prestados por profesionales médicos y sanitarios cualificados: consultas, pruebas diagnósticas, fisioterapia, psicología clínica y servicios asimilados. La factura debe indicar "Operación exenta según el artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA" en lugar de un tipo y un importe de impuesto.
El matiz estético: cuándo no se aplica la exención
Los tratamientos puramente estéticos o cosméticos sin finalidad terapéutica no están exentos, aunque los realice un médico colegiado — se les aplica el tipo general del 21% en una línea separada. Solo cuando el tratamiento tiene un propósito diagnóstico, preventivo o curativo se mantiene la exención.
Autorización sanitaria regional
La apertura de una consulta o clínica privada requiere una autorización sanitaria previa y la inscripción en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, gestionado por la Consejería de Sanidad de cada Comunidad Autónoma (Ley 14/1986 General de Sanidad). El procedimiento exacto varía según la región.
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