Impuesto sobre dividendos

Calcula la retención del 10% y la piramidación (factor 1.4286) sobre tus dividendos, con guía de CUFIN vs no-CUFIN para tu declaración anual.

Net dividend
$18,000

Tax$2,000
Effective rate10.0%

La retención del 10% sobre dividendos pagados a personas físicas (art. 164 LISR, vigente desde 2014) es definitiva y NO acreditable cuando el dividendo proviene de la CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, utilidad que ya pagó el ISR corporativo del 30%) — el caso más común para una empresa que cumple correctamente su ISR corporativo, y lo que modela el flatRate de este motor. Si el dividendo NO proviene de CUFIN (utilidad no gravada previamente a nivel corporativo), el artículo 10 LISR obliga ADEMÁS a la empresa a pagar ISR corporativo sobre el dividendo piramidado (dividendo x factor 1.4286 — resultado de 30%/(1-30%) — que reconstruye la utilidad antes de impuestos) — un costo a nivel de la empresa, no del accionista, que este motor de nivel-accionista no modela (ver la calculadora de ISR corporativo, id 18, y sueldo-vs-dividendos, id 17, para ese costo). En cualquiera de los dos casos la persona física puede optar por acumular el dividendo piramidado (x1.4286) en su declaración ANUAL y acreditar contra su ISR del ejercicio el ISR corporativo subyacente ya pagado por la sociedad (art. 140 LISR) — conviene sobre todo si su tasa marginal de ISR es baja; la retención del 10% nunca es acreditable en ese cálculo, sólo el ISR corporativo subyacente lo es.

Cuánto ISR pagas por los dividendos de tu empresa en 2026

La empresa que reparte dividendos a una persona física debe retener el 10% (art. 164 LISR, vigente desde 2014), retención que es definitiva y no acreditable cuando el dividendo proviene de la CUFIN — la cuenta que acumula la utilidad que ya pagó el ISR corporativo del 30%, el caso más común en una empresa que cumple correctamente sus obligaciones. Si el dividendo no proviene de la CUFIN, el artículo 10 LISR obliga además a la empresa a pagar ISR corporativo sobre el dividendo piramidado (el dividendo multiplicado por el factor 1.4286, resultado de 30%/(1-30%)), un costo a nivel de la sociedad, no del accionista.

Qué tiene en cuenta esta calculadora

  • La retención del 10% que aplica la empresa al pagar el dividendo (art. 164 LISR), definitiva y no acreditable si proviene de la CUFIN.
  • El factor de piramidación de 1.4286 que se aplica si el dividendo NO proviene de la CUFIN, reconstruyendo la utilidad antes de impuestos para el cálculo del ISR corporativo adicional (a nivel de la empresa, no modelado en esta calculadora de nivel-accionista).
  • La opción de acumular el dividendo piramidado en tu declaración anual y acreditar el ISR corporativo subyacente ya pagado por la sociedad (art. 140 LISR) — conviene si tu tasa marginal de ISR personal es baja; la retención del 10% nunca es acreditable en ese cálculo, solo el ISR corporativo subyacente lo es.

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