Calculadora RESICO 2026
Calcula el ISR mensual del RESICO según tus ingresos cobrados. Recuerda: el RESICO simplifica el ISR, pero el IVA del 16% se sigue aplicando por separado.
Actualizado para 2026 · Fuente oficial: SAT — RESICO personas físicas
ISR (RESICO)
$550.00
El RESICO NO hace plano el IVA: el 16% de IVA se sigue causando y se declara por separado (8% en región fronteriza).
¿Qué es el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas es un esquema fiscal creado por el SAT para simplificar el pago del ISR a quienes realizan actividad empresarial, prestan servicios profesionales o rentan bienes, siempre que sus ingresos anuales no superen MX$3,500,000.
La gran diferencia frente al régimen general es que el RESICO aplica una tasa fija de ISR de entre 1.00% y 2.50% directamente sobre los ingresos que efectivamente cobraste en el mes (no sobre lo que facturaste), y no permite deducciones. A cambio, el trámite es mucho más simple: no hay que acumular gastos deducibles ni calcular una utilidad fiscal compleja, el propio SAT prellena buena parte de la declaración mensual.
Quedan fuera del RESICO quienes reciban ingresos de fuente extranjera, quienes obtengan ingresos como socios o accionistas de personas morales, y quienes tengan ingresos por sueldos y salarios además de su actividad empresarial que en conjunto superen el límite. Si en cualquier momento del año tus ingresos acumulados superan los MX$3,500,000, dejas de tributar en RESICO al mes siguiente y pasas al régimen de actividad empresarial general.
Cálculo paso a paso del ISR en RESICO
El ISR del RESICO se calcula mes a mes, sobre los ingresos efectivamente cobrados en ese periodo (sin IVA), aplicando la tasa que corresponda a la banda de ingresos. Un ejemplo con números reales:
- Ingresos cobrados en el mes: MX$40,000 (sin IVA).
- Ese monto cae en la banda de hasta MX$50,000, cuya tasa es 1.10%.
- ISR del mes = MX$40,000 × 1.10% = MX$440.
Este ISR se declara y se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente mediante la declaración mensual prellenada del SAT. Si tu cliente es una persona moral, es posible que ya te haya retenido una parte del ISR (ver la sección de retenciones más abajo), en cuyo caso ese monto se resta de lo que debes pagar.
Nuestra calculadora automatiza estos pasos: introduces tus ingresos cobrados del mes, aplicamos la tasa correspondiente de la tabla 2026 y te mostramos el ISR a pagar, además del IVA que corresponde declarar por separado.
Tabla de tasas RESICO 2026
La tabla vigente del Artículo 113-E de la LISR establece cinco bandas de ingresos mensuales cobrados, cada una con su propia tasa fija:
| Ingresos mensuales cobrados | Tasa de ISR |
|---|---|
| Hasta MX$25,000 | 1.00% |
| Hasta MX$50,000 | 1.10% |
| Hasta MX$83,333.33 | 1.50% |
| Hasta MX$208,333.33 | 2.00% |
| Más de MX$208,333.33 | 2.50% |
La tasa se aplica sobre la totalidad del ingreso del mes según la banda en la que caiga, no de forma escalonada como el ISR de sueldos. Puedes consultar la tabla oficial y los criterios de aplicación directamente en la página del SAT sobre RESICO para personas físicas.
Importante: el RESICO NO hace plano el IVA
Este es el punto que casi nadie explica con claridad, y por eso lo repetimos: el RESICO es un régimen de ISR, no de IVA. El 16% de IVA (o 8% en la región fronteriza del norte y sur del país) se sigue causando exactamente igual que en cualquier otro régimen.
Esto significa que si facturas en RESICO debes:
- Trasladar el IVA correspondiente en tus facturas (16% u 8% según la zona).
- Acreditar el IVA que pagaste en tus compras y gastos relacionados con la actividad.
- Declarar y, en su caso, pagar la diferencia entre el IVA cobrado y el IVA acreditable, de forma mensual, igual que en el régimen general.
Lo que sí simplifica el RESICO respecto al IVA es que elimina la obligación de presentar la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros), ya que el SAT obtiene esa información de los CFDI. Pero el IVA en sí —su tasa, su acreditamiento y su declaración— sigue el régimen general de la Ley del IVA sin ninguna simplificación adicional. Cualquier calculadora o guía que dé a entender que "en RESICO no pagas IVA" o que "el RESICO incluye el IVA" está simplificando de más y puede llevarte a un error costoso frente al SAT.
Retenciones cuando facturas a empresas (personas morales)
Cuando emites una factura a una persona moral (una empresa, no a otra persona física ni al público general), esa empresa está obligada a retenerte una parte del ISR y del IVA antes de pagarte:
- Retención de ISR: 1.25% sobre el monto del ingreso (sin IVA).
- Retención de IVA: 10.6667% del IVA trasladado (equivalente a dos terceras partes del 16%).
Estas retenciones no son un impuesto adicional: son un anticipo que puedes acreditar contra el ISR y el IVA que te corresponde declarar ese mes. El efecto práctico es que cobras menos efectivo del que factura tu CFDI, aunque a cambio tu carga fiscal final del mes se reduce por el monto retenido.
Este esquema afecta directamente tu flujo de efectivo: si tu cartera de clientes son principalmente empresas, es normal recibir cada pago con estas dos retenciones ya descontadas, y es importante conciliarlas correctamente en tu declaración mensual para no pagar de más ni acumular saldos a favor sin aprovechar.
RESICO vs Actividad Empresarial (régimen general): ¿cuál conviene?
El RESICO no siempre es la opción más barata. Como no permite deducciones, conviene sobre todo a quienes tienen pocos gastos deducibles en relación con sus ingresos: profesionistas independientes, consultores, freelancers o negocios de servicios con estructura de costos ligera.
En cambio, si tu actividad tiene gastos operativos altos (compra de mercancía, insumos, nómina, renta de local, maquinaria), el régimen de Actividad Empresarial y Profesional (régimen general) puede resultar más conveniente, porque ahí sí puedes deducir esos gastos y tributar solo sobre la utilidad real, aplicando la tarifa progresiva del ISR.
Usa el comparador integrado en esta calculadora para introducir tus ingresos y tus gastos estimados, y ver lado a lado cuánto pagarías en RESICO frente al régimen general con tarifa progresiva. Esto te permite tomar la decisión con números concretos en lugar de reglas generales, ya que el punto de equilibrio depende mucho de tu proporción de gastos deducibles.
